CONSULADO DE COLOMBIA

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CONSULADO DE COLOMBIA

Breve perfil:

Jurisdicción: País Vasco (provincias de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya), La Rioja, Navarra y Cantabria. Los consulados son oficinas del servicio exterior del Estado Colombiano que se encargan de asistir y velar por los intereses de los connacionales que se encuentran fuera del país. Entre sus funciones se encuentran la expedición de pasaportes a los nacionales colombianos, la actuación en calidad de notarios y la tramitación de la cédula de ciudadanía, la tarjeta de identidad, la libreta militar y el certificado judicial, ante las autoridades correspondientes.

Descripción detallada:

Los Consulados PUEDEN: expedir pasaportes o salvoconductos en caso de caducidad, pérdida o sustracción de la documentación personal; dar información sobre los servicios médicos, educativos y legales del país; prestar asistencia a detenidos; adelantarle en circunstancias excepcionales la cantidad necesaria para su repatriación, que deberá reintegrar al Tesoro Público dentro de los plazos establecidos por la ley; prestarle servicios de Registro Civil, notariales, de legalización de documentos, o de remisión de comunicaciones e instancias a organismos españoles. Los Consulados NO PUEDEN: hacer funciones de agencia de viajes; conseguirle un trabajo en el extranjero; garantizarle en un hospital o en una cárcel un tratamiento mejor que el otorgado a los nacionales de ese país; avalarle, prestarle dinero o pagar sus multas; poner a su disposición personal para que actúe como intérprete, guía o asistente social.

Palabras clave:

consulados, oficinas, servicio exterior, estado colombiano, connacionales, intereses, funciones, expedición, pasaportes, nacionales, colombianos, notarios, tramitación, cédula, ciudadanía, tarjeta, identidad, libreta militar, certificado judicial, autoridades correspondientes